Todo sobre los planes de pensiones

El futuro de las pensiones es un tema que nos preocupa a todos. No sabemos en qué quedarán las cosas, pero lo que está claro es que conviene ahorrar con vistas a la jubilación.

Aún confiando en la solidez del sistema de pensiones, lo cierto es que la mayor parte de los trabajadores no podrán disfrutar, llegada la jubilación, del mismo nivel de vida que tenían, pues lo que percibirán como pensión será una cantidad inferior a su salario. Conviene ser previsor e ir ahorrando para tener un dinero adicional llegado el momento. Hay muchas posibilidades de inversión, pero los planes de pensiones son productos específicos que, bien manejados, reconvierten en la mejor alternativa en muchos casos.

Planes, ¿una buena idea?

Los planes de pensiones son una modalidad de inversión colectiva similar en algunos aspectos a los fondos de inversión: los partícipes aportan sus ahorros, y unos profesionales (los gestores) invierten ese dinero en acciones y obligaciones, y cobran una comisión por ello.

Los planes de pensiones sólo se pueden recuperar llegada la jubilación, o bien en caso de fallecimiento o invalidez. Otros supuestos que permiten retirar el dinero son una enfermedad grave, un paro de larga duración, un despido tras un expediente de regulación de empleo…

Los planes de pensiones tienen un tratamiento fiscal peculiar que, si se aprovecha bien, los convierte en una inversión aún más interesante. Quién suscribe un plan de pensiones va aportando dinero, pues bien: el dinero que aporte cada año puede descontarlo de su declaración del IRPF, como si no lo hubiere ganado. En realidad lo que está haciendo es diferir el pago de los impuestos, pues deberá tributar por ese dinero cuando llegue el momento de recuperar el dinero: si no se hace una buena estrategia, podría pagar más de lo que en su momento se ahorró.

No para todos

Los planes de pensiones no son la mejor opción para todos. Hay personas a quienes no interesan en absoluto:

– A quienes les falten menos de 2 años para jubilarse, quieran recuperar el dinero rápidamente y todavía no hayan abierto ningún plan (no podrán beneficiarse de la reducción fiscal al recuperarlo). Es mejor para ellos ahorrar en un buen fondo de inversión.

– A los trabajadores autónomos que los que falten menos de 15 años para la jubilación: a ellos le interesa antes elevar su base de cotización. Y si aún así todavía puede invertir más, sí que les podría interesar aportar a un plan de pensiones.

– A los que no puedan prescindir de ese dinero hasta la jubilación.

– A las personas que no puedan aprovechar las ventajas fiscales de este tipo de inversión (porque sus ingresos sean bajos, o porque ya aprovechen otras deducciones y Hacienda les devuelve todas las retenciones que le practican)

– A los inversores muy activos, que con una cartera de acciones bien gestionada podrían conseguir una rentabilidad mayor a la obtenida en cualquier plan.

Pero si usted no está es ninguno de los casos anteriores, plantéese seriamente en ahorrar en un plan de pensiones con vista a la jubilación.

Invertir el dinero justo

De entrada, para disfrutar de las deducciones, las aportaciones no deben superar los límites legales, fijados según la edad. Así hasta los 52 años no se deben aportar más de 8.000 € anuales, pues por encima de esa cifra no podrá disfrutar de las deducciones. A partir de los 52 años podrá deducirse 1.250 € más por cada año que supere la edad. El límite máximo de deducción es de 24.250 €, para los que tienen 65 años o más.

Tenga en cuenta que si dispone de un plan de empleo (un plan de pensiones promovido por la empresa donde trabaja), podrá invertir en él la diferencia hasta el límite antes citado y lo aportado por la empresa, ya que lo límites son independientes para cada tipo de planes.

También puede aportar hasta 2000€ más en un plan a favor de su cónyuge (siempre que éste tenga unos ingresos de menos de 8000€ anuales), y después deducírselos en su declaración.

Buscar el plan más adecuado

Existen distintos tipos de planes, según el tipo de productos en los que inviertes: planes de acciones, de obligaciones y mixtos, que combinan acciones y renta fija.

El ahorrador también podría mezclar planes de acciones y obligaciones, t así conseguiría quizá una mayor rentabilidad y un ajuste más afinado a su perfil de inversor. Pero lo cierto es que en el mercado no hay buenos planes de acciones y sí buenos planes mixtos, por lo que en el momento actual, son estos los que parecen más recomendables.

Ajustarlo a sus necesidades

Hay dos factores clave: el riesgo que esté dispuesto a asumir y el tiempo que falta para su jubilación. En función de ellos, puede dar más peso a las acciones o a las obligaciones. Según vaya pasando el tiempo, deberá ir adaptando el contenido de la cartera, dedicando más porcentaje a las opciones mas seguras. No pierda de vista que los planes de pensiones deben integrarse en el conjunto de sus inversiones. Afortunadamente, no hay limitación cuando se trata de traspasar su dinero (total o parcialmente) de un plan a otro, y tampoco tiene repercusiones fiscales.

Acertar al rescatar

Cuando haya llegado el momento en que tiene derecho a recuperar su inversión (por jubilación u otra contingencia), deberá comunicar a la entidad cuando desea cobrar el dinero, y de qué forma quiere hacerlo: todo el capital de una vez, repartido como una renta o bien combinando ambas posibilidades. Tiene seis meses para informar de cómo y cuando quiere recuperar la inversión. Si no lo hace, se expone a una multa de hasta un 1% del dinero acumulado. La pregunta obligada es como conviene recuperar el dinero: en forma de renta o como capital. Recuerde que, en cualquier caso, independientemente de la opción que elija, en el momento de cobrar el dinero tendrá que tributar por todo lo que reciba (no sólo por los intereses), como si de rendimiento del trabajo se trataran.

En principio, parece más recomendable recuperar el dinero como capital, ya que si han pasado más de dos años entre la primera aportación y el momento de rescatar el plan, y opta por el capital, tendrá derecho a una reducción del 40% (sólo se tributaría por el 60% de lo cobrado). No obstante, si ha ahorrado en un único plan puede ser un importe muy elevado, y los impuestos también lo serán. Por eso lo ideal es cobrar en forma de varios capitales, lo que conseguirá si invierte en varios planes de pensiones que va rescatando sucesivamente. En ocasiones Hacienda ha hecho una interpretación distinta de la norma, aplicando la reducción a sólo uno de los capitales cobrados (aunque no se tenga constancia de que haya un expediente sancionador firme si se hace de otra manera).

Si opta por la renta, además de que probablemente pagará más impuestos, dejará de ganar dinero: sus ahorros pasarán a un seguro con una rentabilidad más baja que la del plan.

José Luis Durán Belmonte

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